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La
agencia de protección de datos inicia sus trabajos.
Más de 160.000 ficheros inscritos.
Julio Fernández-Niño |
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La aprobación de la Ley de Ordenación
para la Regulación y Tratamiento Automatizados de los datos de
Carácter Personal (LORTAD) conllevaba la creación de la
Agencia de Protección de Datos (APD). A finales del pasado mes
de junio la APD publicaba su Reglamento y abría el plazo de inscripción
para unas 100.000 empresas obligadas a declarar sus datos informáticos
de índole personal.
La conveniencia o ineludible necesidad de limitar o arbitrar el uso de
la informática y otras técnicas y medios de tratamiento
automatizado de los datos de índole personal para garantizar el
honor, la intimidad individual y familiar de las personas físicas
y el pleno ejercicio de sus derechos ya había sido recogida y formulada
por los padres de nuestra Carta Magna, concretamente en el artículo
18.4. No obstante, habrían de transcurrir casi tres lustros (exactamente
hasta el 29 de octubre de 1992) para que finalmente viera la luz la Ley
de Ordenación para la Regulación y Tratamiento Automatizados
de Datos de Carácter Personal, popularmente conocida como la LORTAD,
tendente a salvaguardar la privacidad de los ciudadanos y las violaciones
a la misma que pudieran derivarse del tratamiento indebido de los datos
estrictamente personales.
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1. TITULARIDAD PÚBLICA Y PRIVADA
Desde la aprobación de la LORTAD ha habido
unanimidad entre los sectores especializados en cuanto a catalogar de
histórica su entrada en vigor, lo que no ha sido óbice para
que algunos organismos cuestionen velada o abiertamente aspectos puntuales
sobre ciertos artículos de la Ley.
Es el caso de la CLI (Comisión de Libertades Informáticas)
que, además de poner en tela de juicio la distinción que
hace la LORTAD en relación con la protección de datos -según
estos sean públicos o privados-, aboga por la creación urgente
de un registro que vele por los derechos fundamentales en la manipulación
de ficheros informáticos, refleje el mapa de riesgos por la violación
de datos protegidos por la Ley para que, una vez que tal registro se haga
efectivo, "puedan regularse los derechos de acceso, cancelación
y regulación de datos".
"Con la aprobación de la LORTAD se ha establecido, por fin,
un ámbito legal del que todos debemos congratularnos, dado que
había un vacío legal total respecto al control y tratamiento
de los datos informáticos, pero la Ley tal como ha sido aprobada
y ratificada por el Parlamento, cuando el PSOE contaba con la mayoría
absoluta, refleja evidentes deficiencias"; asegura Luis Otero, co-presidente
de la Comisión de Libertades Informáticas y vicepresidente
de la APDH (Asociación Pro Derechos Humanos de España).
Para Otero las principales deficiencias tienen que ver con la imposibilidad
de los ciudadanos de acceder a ciertos ficheros de titularidad pública
(como los policiales o los pertenecientes a distintas administraciones
o instituciones) o con la ambigüedad que, a su juicio, refleja la
LORTAD en cuanto a determinadas cesiones de datos, la distinción
que en materia de protección de datos hace la Ley, en función
de que su alcance sea público o privado; cuestiones todas ellas
que la Comisión de Libertades Informáticas planteó
a los distintos grupos parlamentarios, a través de las correspondientes
enmiendas, en los debates previos a la aprobación de la LORTAD
y que, con posterioridad a su ratificación, han servido de base
para una serie de recursos de inconstitucionalidad cursados a través
del Defensor del Pueblo y el Grupo Popular en la confianza de que el Tribunal
Constitucional los considere.
"Si el Tribunal Constitucional aprueba nuestros recursos y nos da
la razón la Ley mejorará", asegura Luis Otero, "tanto
desde el punto de vista jurídico como le-gal".
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2. LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Con la finalidad de asegurar el pleno cumplimiento
de sus disposiciones, la Ley ha reservado su control a un órgano
de carácter independiente, la Agencia de Protección de Datos,
un ente de derecho público con personalidad jurídica pública
y plena capacidad para actuar con total independencia de las administraciones
públicas en el ejercicio de sus funciones, que se regirá
según un Estatuto propio.
"El Estatuto, así como aquellas disposiciones que le sean
aplicables, en virtud del artículo 6.5 de la Ley General Presupuestaria,
aparte de desarrollar en buena medida la LORTAD o de recalcar lo que la
misma determina en su articulado, reafirma la incuestionable posición
de independencia de la Agencia de Protección de Datos y de todos
sus órganos desde el director hasta los funcionarios de inspección,
pasando por el Consejo Consultivo y, asimismo, nuestro Estatuto es el
marco legal referencial por excelencia para garantizar la total independencia
en la ejecución de todas y cada una de las funciones que la ley
nos ha asignado", afirma el director de la APD, Juan José
Martín Casallo.
"Dentro del amplio abanico de funciones y por el grado de autonomía
que nos confiere el Estatuto, prácticamente no tenemos ningún
límite jurídico. Aunque sí algunas limitaciones",
advierte Martín Casallo, "por la naturaleza singular de determinados
ficheros como pueden ser los pertenecientes al Ministerio de Hacienda
o los correspondientes a la policía. Pero tales limitaciones forman
parte de la consideración general de que el interés colectivo
debe siempre anteponerse al interés particular".
En relación con la capacidad privada que el Estatuto (y por extensión
la LORTAD) confiere a la Agencia de Protección de Datos puede decirse
que ésta va dirigida más a la capacidad de gestión
interna. Por ejemplo, para agilizar las diferentes contrataciones con
las debidas garantías, lo que implica que las mismas deberían
estar siempre sujetas a la Ley de Presupuestos.
En cuanto a la ya aludida personalidad jurídica pública
que la Ley otorga a la Agencia de Protección de Datos, las declaraciones
de su director no ofrecen demasiadas dudas al respecto. "Estamos
incardinados dentro de las administraciones públicas, pero somos
independientes", puntualiza, "de las mismas. Nos relacionamos
con el Ejecutivo a través del ministro de Justicia, sin embargo,
no recibimos ninguna orden ni instrucción de la Administración
en lo que atañe a la realización de las funciones que nos
han sido asignadas legalmente".
Entre las funciones que la LORTAD ha encomendado a la Agencia están
las de velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección
de datos y controlar su aplicación, en particular en lo que concierne
a los derechos de información, acceso, rectificación y cancelación
de datos.
También la Ley da vía libre a la APD para dictar, en su
caso, y sin perjuicio de las competencias de otros órganos, las
instrucciones precisas para adecuar los tratamientos automatizados a los
principios de la propia LORTAD, atender las peticiones y reclamaciones
formadas por las personas afectadas, proporcionar a éstas información
acerca de sus derechos en materia de tratamiento automatizado de datos
de carácter personal, ordenar el cese de los tratamientos de datos
de carácter personal y la cancelación de los ficheros cuando
no se ajusten a las disposiciones legales o ejercer la potestad inspectora
o sancionadora con todo el rigor y ecuanimidad que la LORTAD le exige.
"A mi juicio, las atribuciones o funciones que la Ley le ha asignado
a la Agencia no son excesivas", opina Luis Otero. "Lo que hace
falta es que a partir de ahora haya una total transparencia en su funcionamiento.
Me consta que la persona que hoy ocupa la dirección de la APD está
decidida a mantener, y con las mayores garantías, ese grado siempre
deseable de transparencia. Lo que temo es que la Agencia se vea desbordada
al ser cientos de miles los ficheros informáticos que está
obligada a controlar.
Tarea para la que ha de contar necesariamente con los oportunos y suficientes
medios logístico-informáticos y por supuesto con una plantilla
de funcionarios los suficientemente amplia como para hacer frente a todos
y cada uno de los cometidos de la Agencia".
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3. FUNCIONARIOS Y CONSEJO CONSULTIVO
Los funcionarios encargados de ejercer la inspección
tendrán, a todos los efectos, el rango de funcionarios públicos
y estarán protegidos o revestidos de la misma autoridad.
Por encima de los funcionarios, cuya selección
sigue ahora mismo abierta para su incorporación inmediata a la
APD, tras rigurosísimas pruebas selectivas, está el Consejo
Consultivo, integrado por nueve miembros entre los que figuran: un diputado
y un senador, propuestos respectivamente por el Congreso y el Senado;
un representante de la Administración Central; un representante
de la Administración Local; un miembro de la Real Academia de la
Historia; un experto propuesto por el Consejo de Universidades; un represente
de Usuarios y Consumidores; otro de las Comunidades Autónomas,así
como un representante del sector de ficheros privados.
"A diferencia de Francia, donde la dirección
de la Agencia de Protección de Datos es colectiva, en España
la dirección es individual, aunque cuenta con un Consejo Consultivo
que no decide pero que el director de la Agencia está gustosamente
obligado a escuchar. Si bien la legislación me obliga a convocarlo
una serie de veces al año, yo pretendo convocar el Consejo Consultivo
una vez al mes e, incluso más de una vez al mes", enfatiza
Martín Casallo, "porque quiero que el Consejo, dentro de lo
que a mí me posibilita la LORTAD, participe en las tareas de decisión
de la Agencia. Por ejemplo, en la aprobación de los códigos
tipo que, por cierto, va a ser una materia que he decidido encomendar
al Consejo Consultivo".
4. INICIACION DE ACTIVIDADES
Las actividades de la Agencia de Protección
de Datos, una vez nombrado su director, designada su sede (en el Paseo
de la Castellana de Madrid) e incorporado su primer plantel de funcionarios,
se iniciaron con la publicación de su Reglamento el 21 de junio
del presente año y la apertura, escasos días después
del plazo de inscripciones para más de cien mil empresas y varios
miles de declarantes potenciales obligados por la LORTAD a declarar, a
partir de la cumplimentación de determinados formularios, de sus
datos informáticos de carácter personal.
"La selección de empresas obligadas a declarar sus datos informáticos
de índole personal se ha llevado a cabo", según Martín
Casallo, "a partir de criterios basados en el mayor volumen de actividad
o la mayor implantación en cuanto a sucursales o delegaciones de
las empresas. Ahora mismo habrá inscritas", precisa el director
de la APD, "unas 50.000 empresas afectadas por los requerimientos
de la Ley. Pero el tema no es el número de empresas afectadas,
sino más bien el número de ficheros inscritos que ahora
mismo y sin que haya concluido el periodo de inscripción es del
orden de 160.000 ó 170.000.
Una cifra que viene a significar como el 60 por ciento de los ficheros
inscritos en Francia. Ahora bien, en sólo cuatro meses de actuación,
mientras que en el país vecino llevan 14 años de actuación.
Lo cual considero que es un gran éxito. No de la Agencia de Protección
de datos, sino de la ciudadanía".
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Coincidiendo con el cierre del plazo de inscripciones,
que concluyó el pasado 31 de julio, se produjo una auténtica
avalancha de inscripciones. Lo que no ha impedido que bastantes empresas,
a riesgo de sufrir las severas sanciones que la LORTAD les tiene reservadas,
hayan presentado a la Agencia sus datos informáticos personales
con posterioridad. Y sean más las que, presumiblemente, lo sigan
haciendo hasta la culminación del presente ejercicio, en lo que
promete ser un ininterrumpido y casi moroso goteo en los meses que restan
hasta el 95.
"Cuando cerremos el presente ejercicio presumiblemente llegaremos
a un 70 por ciento de inscripciones. Siempre van a seguir produciéndose
inscripciones, pero en algún momento", comenta Martín
Casallo, "tendremos que empezar a examinar el número de empresas
públicas y privadas inscritas, el número de ficheros a su
vez inscritos, la calidad y naturaleza de los mismos, etcétera.
Trabajaremos apoyados en la informática para luego poder facilitar
datos estadísticos fiables y objetivos a la ciudadanía".
En lo que se refiere precisamente a la ciudadanía, la Agencia de
Protección de Datos tiene previsto, por una parte, contar en breve
con un listado de declarantes operativo para actuar ante cualquier denuncia
o noticia respecto al uso indebido de datos privados archivados informáticamente.
Por otra, y en los meses finales de este año, la APD pretende llevar
a cabo una campaña de promoción de sus actividades dirigida
al público en general para que, en su caso, demande sus servicios
si considera que su intimidad se ha visto vulnerada por el uso indebido
o ilícito de ficheros informáticos.
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